Comenzó la segunda etapa de los planes de pago para Luján: ¿de qué se trata?

Continúa en avance el programa que el municipio lanzó para flexibilizar las formas de pago de servicios de los contribuyentes.

El pasado mes, en el marco de la crisis económica coyuntural, la Municipalidad aprobó un programa temporal, en beneficio de los contribuyentes lujaninos, que determina la flexibilización de las formas de pago de las tasas y servicios de la comuna.

Este martes 15 de octubre, comenzó la segunda etapa del programa, que concluirá dentro de un mes. Ahora bien, ¿de qué se trata?

Los planes de pago de servicios

Considerando los acontecimientos económico-financieros que afronta el país, el órgano legislativo del Municipio desarrolló un plan de facilidades de pago de los tributos municipales, que abarca todas las deudas vencidas que los vecinos tengan con la comuna.

El objetivo principal de este beneficio tiene que ver con ayudar a reducir considerablemente el costo de los intereses, de tasas y servicios municipales, que adeuden los contribuyentes de Luján.

Cabe destacar que la propuesta no incluye la flexibilización de todo tipo de multas y obras -entendiendo estas últimas como de asfalto, cloacas, agua, entre otras- y que cuando las deudas a incorporar al plan se encuentren total o parcialmente apremiadas, deberán incluirse en el monto adeudado de honorarios, comisiones y gastos adicionales que albergue el proceso.

La segunda etapa

Hasta el pasado martes 15 de octubre el plan rigió con el 80% de la bonificación en los intereses de un solo pago, el 65% en 3 cuotas y el 50% en 6. A partir del 15 de octubre y hasta el 15 de noviembre, en los mismos rangos, los porcentajes se reducen al 70%, 55% y 40%.

Finalmente, el último lapso se concentrará entre el 15 de noviembre y el 16 de diciembre, acompañando el beneficio de la bonificación del 60%, 45% y 30%, en 1, 3 y 6 cuotas respectivamente.

¿Qué pasa si me atraso o salteo una cuota?

Es relevante subrayar que la falta de pago de dos o más cuotas, consecutivas o alternadas, o la falta de pago de una cuota luego de transcurridos noventa días desde la fecha de vencimiento, implicará la automática caducidad del plan.

Además, a los planes suspendidos se les imputará los importes abonados de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario Municipal. Por otro lado, los pagos realizados fuera de término devengarán los intereses y recargos pertinentes que establezcan las ordenanzas vigentes al momento.

Contenido provisto por: Municipio de Luján de Cuyo