Se aprobó en diputados el proyecto del ley que desactiva el «impuesto a la herencia»

El proyecto de ley exime del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) los ahorros voluntarios que pueden ser heredados y el aumento de ingresos por postergar la jubilación durante al menos tres años.

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo para resolver la controversia sobre el alcance del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) respecto a ciertas partidas del nuevo régimen jubilatorio tras la reforma de la seguridad social.

A pesar de las críticas surgidas tras la publicación del decreto en diciembre, que suscitó preocupación por gravar los ahorros de las AFAP convertidos en haberes sucesorios, percibido como un «impuesto a la herencia» encubierto, el gobierno envió al Parlamento a principios de mes un proyecto para abordar la situación y poner fin a la controversia generada por la creación de un nuevo tributo fuera de los cauces constitucionales.

El proyecto, sometido a votación el jueves en la Cámara Baja, incorporando dos nuevos artículos tras el debate parlamentario para complementar la propuesta. Uno de ellos se enfoca en las personas afectadas por la medida, que abarca partidas previsionales exoneradas por ley. Ahora, el proyecto pasará al Senado para su tratamiento a principios de mayo, donde también se espera una pronta aprobación.

Proyecto y sus modificaciones

El proyecto aprobado en la Cámara de Diputados establece que las personas que posterguen la solicitud de jubilación por un mínimo de tres años, según lo permitido en la reforma de la seguridad social, no se afectarán por el IASS en el capital otorgado como incentivo para dicha decisión. Esto contrasta con el decreto del Ejecutivo, que gravaba dicho capital, contrarrestando el objetivo de estimular el retraso en las jubilaciones.

Asimismo, la iniciativa, que ya cuenta con media sanción, establece que los haberes sucesorios protegidos en una AFAP, susceptibles de heredarse en caso de fallecimiento antes de la jubilación, no estarán sujetos al IASS ni al IRPF.

En relación con los artículos agregados durante la discusión en la Cámara Baja, uno de ellos establece que si las partidas exoneradas en el proyecto ya hubieran sido objeto de retención, se deberá proceder a la devolución de los importes correspondientes dentro de los treinta días posteriores a la promulgación de la ley. Esto tiene como objetivo compensar a las personas afectadas por el decreto 412/023, en vigor desde diciembre pasado.

El otro artículo añadido establece que todas las disposiciones reglamentarias emitidas por el Poder Ejecutivo o la Dirección General Impositiva (DGI) que contradigan las interpretaciones establecidas en la ley no tendrán efectos jurídicos. Esto se hace en ausencia de la derogación del decreto en cuestión, como había solicitado el diputado del Partido Colorado, Conrado Rodríguez.

Fecha de Publicación: 19 abril, 2024