Impedimento de contacto: ¿qué hacer en estos casos?

El abogado José Rivolta explicó lo que se debe hacer en el caso que exista esta situación.

En caso de que el progenitor a cargo de los hijos este impidiendo la visita del otro, lo principal es contar con el asesoramiento profesional que ayude a impulsar la causa.

Cabe aclarar que si bien no es necesario debido a que se supone que ambos padres ejercen el cuidado de sus hijos, es importante para presentar pruebas que se está impidiendo el contacto con los hijos.

Las denuncias de estos casos se realizan en la comisaria de la mujer. También, en la menor de la jurisdicción donde se está cometiendo el supuesto delito.

¿Cómo aportar pruebas?

«Lo primero que se debe realizar es enviar una carta documento al progenitor obstructor intimando al cese de su acción. El envió de carta documento fija unilateralmente el derecho de vinculo. Lo que en caso de no permitir el contacto con los hijos, genera una prueba de impedimento de contacto que se agregará a las existente y a las futuras», comentó Rivolta.

La necesidad de testigos

Rivolta explicó que se debe aportar el testimonio de testigos oculares del hecho. Estos no deben ser ni padres, ni hermanos de quien realiza la denuncia. La necesidad de esto es apoyar las pruebas de la situación que se esta viviendo.

¿Cómo actúa la justicia?

«Los juzgados intervinientes citan a una audiencia cuya estructura claramente es de intento de conciliación que a los efectos de retomar el vinculo con los hijos es valorable. No así el dejar sin sancionar el ilícito cometido, pues es usual la reiteración del impedimento de contacto», finalizó el especialista.

Contenido provisto por: Fernando Solis Rinas
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