Asalto a Embajada de México en Quito motiva acusaciones de Traición a la Patria

Desde el Ejecutivo se buscan argumentos contra Rafael Correa. Pero no existen, según el COIP, causales claras para enmarcar un caso de Traición a la Patria contra el expresidente.

El violento asalto de la Embajada de México en Quito ha provocado duras condenas a Ecuador de todos los países -sin excepción- de la región. En medio del debate internacional, el pasado lunes 8 de abril de 2024, dos días después de la irrupción de la Policía ecuatoriana en la sede diplomática, el presidente Daniel Noboa y miembros del oficialismo señalaron a Rafael Correa por el potencial delito de Traición a la Patria, ante unas declaraciones dadas por el exmandatario.

Según recoge Diario El Universo, el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador (COIP), en su artículo 353, tipifica el delito Traición a la Patria.

En su enunciado, señala: “Será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años, en tiempo de paz, y con pena privativa de libertad de diez a trece años, en conflicto armado, la persona que realice alguno de los siguientes actos, aun contra fuerzas aliadas”.

Noboa acusa a Correa

El artículo 353 del COIP enumera 15 actos o causales. Ninguno por declaraciones u opiniones.

El presidente Daniel Noboa, sin embargo, calificó de Traición a la Patria, en un comunicado, lo dicho por Correa.

Las declaraciones del expresidente sugieren que México podría declarar la guerra a Ecuador, tras el asalto a la Embajada de México en Quito.

Las declaraciones cuestionadas por Noboa y el oficialismo fueron estas, dadas al canal 24 horas de TV Española, el lunes 8 de abril.

La entrevista de Correa en TVE

Correa responde a una pregunta de la entrevistadora:

-Después de la actuación de Ecuador, México ha roto las relaciones diplomáticas. Mercosur estudia rescindir la membresía de Ecuador y varios países latinoamericanos, como decimos, han mostrado el rechazo por estas actuaciones. ¿Cómo puede afectar esto a Ecuador?

“Por supuesto, tiene repercusiones económicas. Han declarado, sí, la Unión Europea y Estados Unidos. ¿Cuáles van a ser las acciones concretas? Por ejemplo, en el Tratado de Comercio que tenemos con Europa, existe la cláusula democrática. Que va a activar esa cláusula democrática significa suspender el Tratado porque se ha roto la democracia, el Estado de Derecho en Ecuador. Tenemos que ir a las acciones. Parece que países latinoamericanos, Mercosur y el propio México no van a permitir jamás esta humillación. México va a tomar acciones concretas. Pero si no existen acciones concretas, todo esto quedará en impunidad y será un presidente nefasto. Porque es algo demencial. Ya no se atenta contra la democracia, los derechos humanos, sino contra los principios civilizatorios”.

En otra parte de la entrevista, Correa agrega.  “Eso es como entrar a suelo extranjero. Eso es un caso bélico. O sea, México nos puede declarar la guerra. México es la segunda economía de América Latina y de las doce más grandes economías del mundo. Puede bloquear el puerto de Guayaquil, por donde sale el 80% del comercio internacional del Ecuador”.

«Declaración del expresidente no constituye delito»

Según penalistas, constitucionalistas y miembros de la academia consultados, la declaración de Correa no constituye per se ningún cometimiento del delito de Traición a la Patria. La norma es clara y expresa. Habla de actos específicos para la concreción del delito. 

En esa línea, el expresidente esgrimió el mismo argumento en Bruselas, en la sede del Parlamento Europeo, este 9 de abril:  “Debe existir una reacción fuerte contra Ecuador por allanar la embajada mexicana y agredir al personal diplomático. Eso es un casus belli. Imaginen que esto pasa con la embajada de Estados Unidos. Ya estaríamos invadidos. Es hasta torpe”.

Desde el Ejecutivo se buscan argumentos contra el exmandatario.  Pero no existen causales claras para enmarcar un caso de Traición a la Patria contra Rafael Correa, según el COIP.  Los expertos consultados advierten que la situación se puede revertir, pero para el presidente Daniel Noboa, porque él fue quien ordenó la incursión violenta en la Embajada de México en quito.  

Otro de los actos para la concreción del delito de Traición a la Patria, según el COIP, señala específicamente (causal 3):  Efectuar acciones hostiles contra un país extranjero con la intención de causar al Ecuador un conflicto armado internacional.

Y quien dio la orden de asaltar la fue el mandatario ecuatoriano, como él mismo ha admitido y como lo reiteró la misma canciller Gabriela Sommerfeld, en una entrevista en Teleamazonas.

Fuentes: Primicias, El Universo, Presidencia de la República de Ecuador

Fecha de Publicación: 10 abril, 2024