Extendieron las medidas restrictivas con excepciones de tres días en la semana

El Comité Operativo de Emergencia comunicó que hasta el 30 de junio «la circulación general está prohibida en el horario entre las 19 y las 6».

En esta línea, el artículo 3 del nuevo decreto estipula que «las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios».

A su vez, las autoridades explicaron que el nuevo decreto estipula que los días 8, 9 y 10 de junio regirán excepciones, por las cuales se habilitarán actividades y servicios, como aquellas ofrecidos por «profesionales de la salud y liberales con sistema de turno previo», las «obras privadas, los comercios con atención al público; quinielas y servicios generales».

Además, desde el COE indicaron que «permanecen suspendidas las actividades presenciales de establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo provincial, manteniendo las modalidades virtuales previstas».

Asimismo, continuará suspendida la actividad presencial de la Administración Pública, entes autárquicos y organismos descentralizados, a excepción de las personas convocadas para «garantizar actividades imprescindibles requeridas por las autoridades superiores».

Foto: Gobierno de Catamarca

Por otro lado, el artículo 6 de la norma dispone la «suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales».

En este sentido, el punto 10 del decreto especifica que «podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias».

«En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del municipio del domicilio de residencia», remarca ese artículo.

Fuentes: Télam