Implementan un semáforo sanitario en el Municipio

Será elaborado por el equipo de Salud de la localidad diariamente.

Tras analizar la evolución de la situación sanitaria en la localidad, y poner en funcionamiento un sistema de semáforo que será elaborado diariamente por el equipo de salud de la localidad, el Municipio de La Cumbre definió las medidas que regirán desde el 19 de junio y hasta el 2 de julio, inclusive.

Las mismas tienen por propósito cuidar la salud de la población, así como también la economía local, por lo que se llevaron a cabo encuentros con representantes del sector comercial, gastronómico, hotelero y deportivo, con quienes se diseñaron protocolos que permitan la vuelta de estas actividades, priorizando la realización de las mismas al aire libre, o con aforos que eviten la propagación del virus.

En este marco, se establecieron las siguientes medidas:

  • Queda restringida la circulación de personas entre las 20.30 y las 06 del día siguiente, salvo para aquellas personas que realicen actividades esenciales y que deberán tramitar el correspondiente permiso a través de la App Cuidar.
  • Los comercios podrán abrir sus puertas entre las 06 y las 20. Los locales de expendio de comida elaborada podrán extender su horario de funcionamiento hasta las 00 bajo la modalidad delivery.
  • Los bares y restaurantes podrán abrir sus puertas entre las 06 y las 00, y deberán trabajar aplicando los protocolos vigentes y presencialmente en ambientes cerrados con un máximo de cuatro (4) personas por mesa, respetando siempre el aforo establecido por el Área de Bromatología de esta Municipalidad. Además, deberán instrumentar un sistema de reservas por medio fehaciente o mediante la entrega de un comprobante que indique su presencialidad y hora de retiro, de modo de evitar inconvenientes en los posibles controles que realicen las Fuerzas de Seguridad.
  • Kioscos y despensas: podrán abrir de 06 a 20. Luego, podrán hacerlo hasta las 00 bajo modalidad delivery
  • Peluquerías y centros de estética: deberán trabajar con turnos y según el aforo determinado por el Área de Bromatología de esta Municipalidad.
  • Actividades religiosas: se encuentran permitidas con un aforo máximo del 30 por ciento.
  • Actividades deportivas: en espacios cerrados podrán trabajar según aforo determinado por la Dirección de Deportes de esta Municipalidad. Complejos deportivos y actividades deportivas grupales al aire libre: según aforo determinado por la Dirección de Deportes de esta Municipalidad: QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL DENOMINADO TERCER TIEMPO.
  • Talleres culturales: en espacios cerrados deberán trabajar según aforo determinado por el Área de Bromatología Municipal
  • Actividades Educativas: según determinación del Ministerio de Educación de la provincia de Córdoba.
  • Reuniones Sociales y Familiares: no se encuentran permitidas
  • Se encuentran prohibidos los espectáculos musicales públicos y privados
  • Obras privadas: se encuentra habilitadas entre las 06 y las 20 con los protocolos vigentes
  • Personal auxiliar de casas de familia: se encuentra habilitado de 06 a 20
  • Actividad Turística: Deberá regirse por los protocolos determinados para la circulación esencial de personas que establece el Gobierno de Córdoba, recordando que se encuentra prohibida la circulación interdepartamental.

⚠️La vigencia de estas disposiciones dependerá de la correcta implementación de cada uno de los protocolos, y de la evolución del Semáforo Sanitario que será realizado en base a un informe diario por el equipo de salud local ⚠️

Contenido provisto por: Municipio de La Cumbre