Nuevos horarios para actividades en Tostado

La Municipalidad dio a conocer el Decreto N° 018/2021, que también adhiere a la extensión del distanciamiento social.

La Municipalidad de Tostado dio a conocer el Decreto N° 018/2021, a través del cual adhiere a la extensión del distanciamiento social durante el mes de febrero y determina nuevos horarios para el funcionamiento de actividades en la ciudad.

Decreto N° 018/2021

Artículo 1°: adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 67/2021 al que adhirió la Provincia de Santa Fe por Decreto N° 0051/2021, en tanto sea materia de su competencia, quedando extendido el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 28 de febrero del 2021 inclusive, con las autorizaciones y prohibiciones allí establecidas.

Artículo 2°: establécese, a partir de la fecha los nuevos horarios según se detalla a continuación, quedando derogada toda norma que se le oponga:

  • Supermercados y afines: de 07:00 a 22:00..
  • Kiosco, despensas y almacenes: de 07:00 a 00:30.
  • Resto de actividades comerciales y de servicios: de 07:00 a 21:00.
  • Bares, cafeterías, restaurantes, comedores, carribares, actividades afines, heladerías, con o sin concurrencia de personas y Delivery:
    • los días viernes, sábados y víspera de feriados hasta la 01:30 del día siguiente.
    • el resto de los días de la semana hasta las 00:30 del día siguiente.
  • Actividades deportivas y gimnasios: hasta las 00:00.
  • Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto de: 09:00 a 22:00.

En todos los casos con el cumplimiento estricto de los protocolos que regulan cada actividad.

Artículo 3°: queda restringida la circulación en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades habilitadas, según el siguiente detalle:

  • De lunes a viernes inclusive entre las 00:30 y las 06:00.
  • Sábados, domingos y feriados entre las 01:30 y las 06:00.
Contenido provisto por: Francisco Emiliano Terré